Concepto | Anual (S/) |
---|---|
Remuneraciones de 5ta categoría | 0.00 |
Gratificaciones | 0.00 |
Ingresos extraordinarios | 0.00 |
Rentas 5ta categoría | 0.00 |
Remuneraciones de 4ta categoría | 0.00 |
Deducción del 20 % | -0.00 |
Rentas de 4ta y 5ta categoría | 0.00 |
Deducción de 7 UIT | -0.00 |
Total renta imponible | 0.00 |
Tramo | Valores del tramo | Tasa | Impuestos (S/) |
---|---|---|---|
Hasta 5 UIT | 0 - 21500.00 | 8% | 0.00 |
Más de 5 UIT hasta 20 UIT | 21500.00 - 86000.00 | 14% | 0.00 |
Más de 20 UIT hasta 35 UIT | 86000.00 - 150500.00 | 17% | 0.00 |
Más de 35 UIT hasta 45 UIT | 150500.00 - 193500.00 | 20% | 0.00 |
Más de 45 UIT | Más de 193500.00 | 30% | 0.00 |
Total Impuesto Calculado | 0.00 |
Sueldo bruto anual: S/ 0.00
Impuesto calculado: S/ 0.00
Retenciones (4ta y 5ta): S/ 0.00
Saldo a pagar: S/ 0.00
Sueldo neto anual: S/ 0.00
El Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta Categoría es un tributo que grava los ingresos de las personas naturales que provienen del trabajo independiente (4ta categoría) y dependiente (5ta categoría).
Rentas de Cuarta Categoría: Ingresos que provienen del trabajo independiente, como servicios profesionales, consultorías, etc.
Rentas de Quinta Categoría: Ingresos que provienen del trabajo en relación de dependencia, incluyendo salarios, bonificaciones, gratificaciones, etc.
El cálculo del impuesto se realiza sobre la renta neta, que se obtiene después de aplicar deducciones legales a la renta bruta. Las tasas del impuesto son progresivas, aumentando según el nivel de ingresos.
Es importante recordar que esta calculadora es una herramienta de referencia y que la situación fiscal de cada contribuyente puede variar. Se recomienda consultar con un profesional contable o con la SUNAT para casos específicos.
Para obtener información más detallada sobre el Impuesto a la Renta, puedes consultar los siguientes recursos oficiales de la SUNAT: